Como comprar letras del Tesoro

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El Tesoro Público emite Letras del Tesoro a 6 y 12 meses son productos de renta fija que cuentan con la máxima seguridad ya que el pago de intereses y su amortización están garantizados por el articulo 135 de la Constitución española y gozan de plena liquidez y de total accesibilidad ya que se puede invertir desde sólo 1.000 euros o múltiplos de esta cantidad.

Las Letras del Tesoro son activos emitidos a descuento (su rentabilidad procede de la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta o amortización) y no pagan intereses anuales como ocurre con los Bonos y Obligaciones del Estado. El valor nominal de las Letras del Tesoro es de 1.000 euros, pero para adquirir una Letra del Tesoro no será necesario desembolsar 1.000 euros sino menos.

Los rendimientos de las Letras del Tesoro deben ser incluidos como rendimiento de capital mobiliario al efectuar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio fiscal en que se produjo su venta o amortización. El rendimiento generado en la transmisión o amortización de las Letras del Tesoro tributan al tipo del 19%. Se gravará al tipo del 21% en la base liquidable que exceda los 6.000 euros.

Las subastas de Letras del Tesoro se celebran los terceros miércoles de mes, la próxima se celebrará el día 21 de noviembre. La suscripción de Letras del Tesoro deberá realizarla antes de la subasta correspondiente el plazo da comienzo el lunes posterior a la subasta anterior y la fecha tope dependerá del canal y forma de pago elegido por usted.

Los Valores del Tesoro se pueden adquirir a través de distintos canales:

1-Directamente en una oficina del Banco de España, presentándose físicamente todos los titulares, dentro del plazo establecido para la correspondiente subasta, con el D.N.I. original y fotocopia, el N.I.F (si fuera necesario), datos de una cuenta corriente o cartilla para domiciliar los abonos y el dinero a invertir en un talón conformado, cheque bancario, cheque contra su cuenta corriente o dinero en efectivo.

2- A través de una entidad financiera o del teléfono de Bolsa 91.709.53.64

3 – A través del Servicio de Compra y venta por Internet www.tesoro.es . Para ello es necesario estar en posesión del Certificado digital FNMT Clase 2CA o de Usuario, utilizado, entre otros, por la Agencia Tributaria.

Dicho Certificado lo genera la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), Autoridad Pública de Certificación en España. Es una firma electrónica avanzada cuyos mensajes van cifrados de modo que su contenido es ilegible salvo para el destinatario.

El proceso de obtención del certificado consta de tres pasos que deben realizarse en el siguiente orden:

1-Solicitud del certificado de usuario (Certificado Clase 2CA), a través de la página Web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda, FNMT-RCM introduciendo sencillamente su NIF en el formulario de petición. Cuando el proceso finaliza el sistema le devuelve un código que debe conservar, pues le será requerido en el proceso posterior.

2-Acreditación de su identidad, personándose en una Oficina de Acreditación una sola vez, provisto de su documento identificativo y del código de solicitud.

3- Descarga del certificado, en el mismo ordenador desde el que se realizó la petición de certificado, y con el código obtenido en el paso 1, podrá descargar vía Internet su certificado.

Obtenido el certificado, para adquirir Deuda Pública (Letras del Tesoro Y Bonos y Obligaciones del Estado) a través de la red, deberá acceder a la Página Web www.tesoro.es , Servicio de Compra y Venta de Valores Opción Acceso a Operar.

Una vez fijada la cantidad exacta a pagar por su compra, deberá transferir dicha cantidad, con suficiente antelación, al Banco de España, a la cuenta beneficiaria que se le indica en pantalla «Resguardo para el inversor». No olvide incluir el nº de boletín. Si éste no figura en el resguardo, su compra no podrá ser realizada.

El Banco de España una vez celebrada la subasta, le enviará a su domicilio un Resguardo de Formalización de Anotación en Cuenta, documento que recoge todos los datos relativos a su compra, y sólo le cobrará el 1,5 por mil -con un mínimo de 90 céntimos de euro y un máximo de 200 euros- del importe efectivo correspondiente a la amortización o pago de intereses que se transfiere a la cuenta indicada por el inversor (estos gastos podrán ser modificados por el Banco de España, con un preaviso de 20 días antes de su aplicación). Si la compra la realiza a través de una entidad financiera, ésta le cobrará las comisiones que tenga establecidas a tal efecto.

Fuente: rankia.com

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